Ir al contenido principal

Elección de los Rectores del CNE será antes del 2015

Diputada Blanca Eekhout
(Caracas, 01 de diciembre) La presidenta del Comité de Postulaciones Electorales, Blanca Eekhout, dijo que harán todos los esfuerzos necesarios y trabajarán intensamente para que antes de que culmine el año 2014 “podamos haber realizado el proceso completo de escogencia de los nuevos aspirantes a rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Explicó que luego de finalizado el proceso de evaluación e impugnación, procederán a la presentación del informe final. “Esperamos que sea un mínimo de 27, la terna de los elegibles, que presentaríamos a la Plenaria de la Cámara”.
“Hemos venido trabajando en la fase de evaluación y revisión de todos los recaudos y paralelamente en la realización de las entrevistas a cada uno de los postulados, las cuales se desarrollan en conjunto con la Contraloría General y Fiscalía General de la República, así como con las distintas instancias que se encargan de confirmar la validez de los documentos de los participantes”, argumentó.

Asimismo, señaló: “Esperamos que en el lapso establecido, de máximo veinte días, culminar con todo el proceso de entrevistas, para armar las carpetas y tener listo el informe”.
Destacó que primero harán la publicación de los candidatos que sean elegibles. “Los que hayan pasado todo el proceso de evaluación, para el cual tendríamos seis días para impugnaciones y objeciones, y descargo de los mismos”.
La integrante de la directiva de la AN, explicó que luego de estos tramites, elaborarán el informe final que iría a Plenaria. “La Asamblea Nacional tendrá entonces diez días de desde ese momento para con las dos terceras partes aprobar el grupo de hombres y mujeres que conformarán el Poder Electoral“, concluyó.

Comentarios

Lo más visto

Eutanasia. Joven pospone la fecha de su muerte. Ver nuestro articulorelacionado

Brittany Maynard, la joven enferma de cáncer terminal que conmocionó a Estados Unidos al anunciar que tenía planificada su muerte para el 1 de noviembre, aplazó su suicidio asistido para disfrutar más tiempo con sus seres queridos. “Todavía me siento lo suficientemente bien, todavía tengo la suficiente alegría, todavía río y sonrío con mi familia y con mis amigos, así que creo que este no es el momento adecuado”, explicó Maynard en un vídeo publicado en internet. Aún así, la joven dijo que ese día llegará porque siente que cada semana está más enferma. El caso de Maynard, de 29 años, ha tenido una gran repercusión mediática en Estados Unidos y reabierto el debate sobre el suicidio asistido en el país. El suicidio asistido es legal en sólo cinco estados de EE.UU., por lo que la joven, residente de Oakland (California), se trasladó junto a su familia al vecino estado de Oregón, que sí permite esta práctica. Además, Maynard creó el Fondo Brittany Maynard, en cuya página de in...

Lapsos procesales de apelación e inmotivación. (Violencia de Género)

MÁXIMAS. Por su parte el artículo 108 de la misma LOSDMVLV dispone: “Contra la sentencia dictada en la audiencia oral se interpondrá recurso de apelación ante el tribunal que la dictó y podrá ser ejercido dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la publicación del texto íntegro del fallo.” Siendo así,  el lapso legal establecido en el referido artículo 108 de la ley  (3) días hábiles siguientes , para ejercer el recurso de apelación debía empezar a contarse al día siguiente de la publicación del fallo (artículo 107) ó de la última notificación efectiva de las partes (en caso que  se hiciere fuera del lapso). Así lo ha establecido esta  Sala de Casación Penal, en sentencia N° 306, de fecha 11 de agosto de 2012 , en la cual se expresa lo siguiente: “…En efecto,  el lapso para interponer el recurso contra una sentencia definitiva debe computarse a partir de la publicación de la sentencia, no obstante si el tribunal ordena l...

"Ilicitud de la Prueba de ADN". "El imputado como objeto de prueba"(Clic en el texto)

“A la vista del resultado de esa actividad de"prueba sobre la prueba", el tribunal ha de concluir que,efectivamente, la identificación genética de los acusados carece de validez yha de ser excluida del acervo probatorio de cargo, por la ilicitud de queadoleció en su día la extracción en otras causas de las muestras biológicas delas que se obtuvieron los perfiles genéticos indubitados que sirven de base atal identificación. Tal ilicitud deriva de la ausencia de consentimiento delinteresado (o autorización judicial que supliera su ausencia) en el caso delacusado M L. C., de la omisión de la necesaria asistencia letrada y deintérprete para la prestación del consentimiento en el caso del acusado AD.(defectos que también invalidarían la obtención de la muestra del otroacusado, supuesto que este hubiese otorgado consentimiento para ello) e,incluso, ya a nivel no de validez sino de eficacia de la prueba, de la falta degarantías de que el perfil indubitado que se dice corresp...