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Sentencia Comentada "La Notificación del acusado(a) privado de libertad". Procedimiento para la interposición del recurso de casación, en aquellos casos en que el imputado o imputada se encontrare detenido o detenida y Naturaleza Jurídica de las “Notificaciones”.

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HECHOS.- De la certificación de días de audiencias no se observa que se haya impuesto a los imputados RAÚL EMILIO BADUEL CAFARELLI y ALEXANDER ANTONIO TIRADO LARA, del contenido de la sentencia proferida por la alzada. Una vez publicada la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, no se produjo el traslado de los encartados de autos a los fines de ser impuestos de la decisión que confirmó el fallo condenatorio, tampoco se evidencia que se haya comisionado a otro tribunal para ello.
MÁXIMA.- Resulta palpable la omisión del contenido del artículo 454 de la norma adjetiva

penal, por ende, la existencia de un vicio procesal de orden público que vulnera principios y garantías constitucionales, y conforme con lo previsto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, resulta impretermitible restablecer el orden  procesal.Esta Sala de Casación penal estima que se está en presencia de una causal de nulidad absoluta de acuerdo con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, en consonancia con los artículos 26 y 49, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo remedio procesal solo puede ser dejar sin efecto las actuaciones emanadas de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, por las cuales se ordenó la remisión del presente expediente a esta Sala de Casación Penal obviando imponer a los ciudadanos RAÚL EMILIO BADUEL CAFARELLI y ALEXANDER ANTONIO TIRADO LARA, de la sentencia proferida por la alzada en fecha treinta y uno (31) de julio de 2015.


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DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA E IMPUGNABILIDAD SUBJETIVA. La desestimación de la denuncia es únicamente revisable por ante las Cortes de Apelaciones sin que pueda recurrise en casación ya que se origina antes del comienzo de la investigación penal, para así evitar el inicio del proceso.

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11. Orden de Aprehensión por razones de necesidad y urgencia sin previa Imputación / Procedencia.     Ponente: Miriam Morandy Mijares.     Fecha:   10/08/2009     Sentencia N° SCP: 423     Criterio reiterado en sentencias N° : 276, de fecha 20 de marzo de 2009, 893 de fecha 6 de julio de 2009 y 181 de fecha 3 de abril de 2008. … existe la posibilidad que en el proceso penal no se realice la imputación de una persona previa a su detención, si se ha materializado con fundamento una orden de aprehensión por razones de extrema necesidad y urgencia que prevé el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, caso en el cual, el acto formal de imputación se verificará en la audiencia de presentación que realice el órgano jurisdiccional correspondiente a fin de ratificar o no la medida de privación judicial preventiva de libertad, atendiendo a los principios y garantías constitucionales y ...

DROGAS. Sentencia comentada. Inmotivación. Ilogicidad. Contradicción testimonial. El Tribunal de Alzada debe constatar si esa motivación se ha cumplido y en qué términos, principalmente cuando la falta de razonamiento que se impugna está orientada a cuestionar, primordialmente, el nexo de causalidad entre el hecho atribuido al imputado producto de su acción y el resultado lesivo

Ver texto íntegro del fallo SSCP 795° del 11/12/20105 a)     Sentencia relacionada a la inmotivación (abuso sexual de adolescente) SSCP 796° 11/12/2015 b)     Sentencia relacionada a la inmotivación; adolescente (Homicidio, robo, posesión ilícita de arma de fuego) 804° del 11/12/2015 HECHOS.- “queda convencido este Juzgador de la Responsabilidad Penal del acusado CARLOS ROCCA, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO   de la droga incautada, ya que el legislador no exige que quede demostrada la intencionalidad que tuvo el autor del delito, sino la ilicitud de su conducta de trasladar de un lugar a otro sustancias prohibidas, estupefacientes y psicotrópicas ”.