Amparo. El Juez de Primera Instancia Constitucional debe instar al esclarecimiento de la solicitud de amparo, frente a las inconsistencias que pueda presentar la petición de amparo
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Vitral del TSJ |
MÁXIMA: De manera que, con fundamento en la anterior norma, se establece la obligación que el Juez de Primera Instancia Constitucional de instar al esclarecimiento de la solicitud de amparo, frente a las inconsistencias que pueda presentar la petición de amparo, y ordenar la corrección de la solicitud de amparo; mediante un despacho saneador a modo de garantizar el principio de la doble instancia, por ello resulta contrario al derecho de acceso a la justicia y a una tutela judicial efectiva; inadmitir en primera instancia constitucional, la acción de amparo con fundamento en la ininteligibilidad del libelo.
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