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Se APERCIBE al prenombrado abogado para que se abstenga, en lo sucesivo, de utilizar expresiones que irrespeten u ofendan la majestad de esta Sala Constitucional, de cualquier otro Tribunal de la República o de cualquier otro órgano del Poder Público

MÁXIMA: En el caso bajo examen, la acción de amparo se interpuso contra la supuesta amenaza del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela al no “sancionar el Decreto de Amnistía que ordene la inmediata liberación restricción o amenaza de Libertad por los asuntos de manifestación pacífica” y, en tal virtud, es necesario señalar, que el presunto agraviado no puede pretender la materialización de una lesión constitucional, cuya concreción y potenciales efectos jurídicos, al presente, tienen carácter incierto.
MÁXIMA: Asimismo, con fundamento en todo lo anteriormente expuesto, se ordena remitir copias de estas sentencias: 1) al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogado del Distrito Federal o del Colegio de Abogados del Estado Bolívar, para que determine si la actuación del prenombrado abogado es, efectivamente, una falta de conocimiento del Derecho de tal índole que amerite una sanción disciplinaria de las contempladas en la Ley de Abogados; 2) a la Fiscal General de la República, en virtud de que la actuación judicial de este Tribunal Supremo de Justicia se ve obstruida al atender los pedimentos peregrinos del abogado antes mencionado, y a los fines de que dicho organismo califique si se está o no ante el supuesto del artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

MÁXIMA: Finalmente, esta Sala considera importante advertir la grosera manera con que el abogado (...) se ha expresado a través de su escrito, esto al  hacer una irrespetuosa y descalificada referencia al órgano Ejecutivo Nacional, específicamente a la persona del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela;

MÁXIMA: Igualmente, se ordena a la Secretaría de esta Sala oficiar al Ministerio Público, toda vez que, del escrito consignado por el referido abogado, se desprende que presuntamente ha estado involucrado en las manifestaciones violentas que se han venido sucediendo en el país, como se transcribe a continuación
VER SENTENCIA DEL 14/05/2014, N° 394

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