VINCULANTE: “La
Sala declara de orden público
y con carácter vinculante que los jueces y juezas especializados
en delitos de violencia contra la mujer conocerán del delito de trata de
personas, tipificado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Contra la
Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo cuando los sujetos
pasivos del delito sean mujeres, niñas, niños y adolescentes (ambos sexos),
pluralmente o concurriendo ambos sexos. En cambio, cuando la víctima del delito
o sujetos pasivos sean solamente varones adultos (excluyéndose niños y
adolescentes varones) conocerán del delito de trata de personas los jueces y
juezas con competencia en materia penal ordinaria. Así se decide”.
" Se reserva al Ejecutivo Nacional la compra de residuos sólidos de aluminio, cobre, hierro, bronce, acero, níquel u otro tipo de metal o chatarra ferrosa en cualquier condición; así como de residuos sólidos no metálicos, fibra óptica, y fibra secundaria producto del reciclaje del papel y cartón. Tales materiales se declaran de carácter estratégico y vital para el desarrollo sostenido de la industria nacional". Tema relacionado (Gaceta Oficial Nº 41.125 del 30 de marzo de 2017) Decreto Nº 2.795 30 de marzo de 2017 NICOLÁS MADURO MOROS Presidente de la República.
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