MÁXIMA.-
Son delitos políticos aquellos que atentan contra los Poderes Públicos y el
orden constitucional de un país, concretamente y para el caso de Venezuela, los
delitos de rebelión y sedición, así como también los que atentan contra la
seguridad de la nación, entre ellos la traición y el espionaje; en el presente
caso, al ciudadano José Luis
Álamo Febles lo está solicitando
el Reino de España, según
Difusión signada con el número 2013/5504, del
8 de octubre de 2013, por la presunta comisión de un delito Contra la Salud Pública, tipificado en el artículo 368, en
relación con el artículo 369, número 3, ambos del Código Penal español, el cual es un delito común.
La elección parlamentaria del pasado 06 de diciembre ha permitido llevar a la opinión pública, temas que por lo general quedan reducidos a la aulas de las escuelas de Derecho. Cuando las matemáticas fallan Hay cierta tendencia por reducir la democracia a una simple suma matemática: el que tenga más votos gana. Pero esta suma no funciona con la Sala Constitucional. En la Asamblea Nacional que se elegirá el 6 de diciembre, el partido que obtenga 84 Diputados será mayoría. Para quienes reducen la democracia a una suma, entonces, 84 Diputados será suficiente. Incluso, si algún partido logra, al menos, 112 Diputados, tendrá una “mayoría” que le permitirá adoptar cualquier decisión. No obstante, cualquier decisión adoptada por el voto de esa “mayoría” de la Asamblea podrá ser revisada por la Sala Constitucional. Ese Tribunal tiene 7 magistrados, con lo cual, basta el voto de 4 para adoptar una sentencia que revise y anule cualquier decisión adoptada por la “mayoría” de la As...

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