Sentencia Nº 038 de Sala de Casación Penal. Expediente Nº C13-157 . Fecha 12/02/2014. Materia: Derecho Procesal Penal. Tema: Inmotivación. La Técnica Recursiva. Asunto: El artículo 157 del COPP, estipula cómo están clasificadas las decisiones emitidas por los tribunales, señalando que éstas se pronuncian mediante sentencias o autos fundados, bajo pena de nulidad salvo los autos de mera sustanciación, resultando improcedente que la corte de apelaciones haya infringido el referido artículo, siendo que al resolver el recurso de apelación lo hizo mediante una decisión.
MÁXIMAS: Para plantear el recurso de casación, no basta sólo alegar la disposición legal infringida y el motivo de procedencia de la misma, ni señalar su inconformidad con el fallo que le es adverso, es necesario que el fundamento sea conciso y claro, expresando además de qué modo se impugna la decisión recurrida, tal como lo dispone el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, el recurrente debe expresar claramente los fundamentos de hecho y Derecho de cada una de las denuncias, que a su juicio fueron violados en la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones. VOTO CONCURRENTE (Deyanira Nieves) Afirmar que el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, no puede ser violado por las Cortes de Apelaciones, implica cambiar el criterio reiterado por esta Sala de Casación Penal, en relación a la falta de motivación de los fallos en general, aspecto sobre el cual no se dejó constancia alguna, y ante ese supuesto (cambio de criterio) esta Sala estaba...