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Temas de interés Jurisprudencial

Estimado usuario, si tienes interés por algunas de las siguientes sentencias, solicítalas y te serán enviadas a la brevedad.

Sentencia Nº 568 - Exp. Nº 11-0855. Fecha 8-5-12. Sala Constitucional.
Acceso restringido a datos para determinar la identidad personal del implicado a publicar en el portal web
Sentencia Nº 566 - Exp. Nº 10-0535. Fecha 8-5-12. Sala Constitucional.
Delitos de acción privada o de 'acción dependiente de instancia de parte' - Procedimiento por la admisión de los hechos
Sentencia Nº 562 - Exp. Nº 12-0471. Fecha 4-5-12. Sala Constitucional.
Constitucionalidad del carácter orgánico de la LOTTT
Sentencia Nº 493 - Exp. Nº 11-1296. Fecha 25-4-12. Sala Constitucional.
Inadmisible solicitud de interpretación del Art. 91 Constitucional

Sentencia Nº 426 - Esp. Nº 09-0066. Fecha 10-04-12. Sala Constitucional.
Clasificados de los periódicos - inducción a prostitución. Competencia
Sentencia Nº RH000216 - Exp. Nº 2011-000172. Fecha 16-4-12. Sala Casación Civil.
Retroactividad de la nueva Ley de Arrendamientos de Vivienda
Sentencia Nº 000225 - Exp. Nº 11-546. Fecha 17-4-12. Sala Casación Civil.
Perención breve. Citación
Sentencia Nº 420 - Exp. Nº 06-0137. Fecha 10-4-12. Sala Constitucional.
Vocablo "servicios" - Art. 4 Ordenanza sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar del Municipio Baruta. Edo. Miranda
Sentencia Nº 561 - Exp. Nº 12-0470. Fecha 4-5-12. Sala Constitucional.
Constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica relativa al Fondo de Ahorro Nacional de la Clase Obrera y al Fondo de Ahorro Popular
Sentencia Nº 574 - Exp. Nº 11-1108. Fecha 11-5-12. Sala Constitucional.
Delitos de violencia contra la mujer, duración de la fase preparatoria y notificación
Sentencia Nº 578 - Exp. Nº 11-0541. Fecha 14-5-12. Sala Constitucional.
Designación de defensores es un acto personalísimo, estando evadidos constituiría una limitación al derecho de acceso a la defensa y a los órganos jurisdiccionales
Sentencia Nº 601- Exp. Nº 11-1062. Fecha 14-5-12. Sala Constitucional.
Juegos de lotería son de carácter público
Sentencia Nº 613 - Exp. Nº 10-0277. Fecha 15-5-12. Sala Constitucional.
Recurso de revisión con lugar - Aplicación de un cambio de criterio jurisprudencial
Sentencia Nº 624 - Exp. Nº 11-0638. Fecha 15-5-12. Sala Constitucional.
Las partes están a derecho y notificadas aún sin el físico del expediente - Sistema Juris 2000. Actuaciones en el expediente
Sentencia Nº 649 - Exp. Nº 08-1006. Fecha 23-5-12. Sala Constitucional.
Sentencia con carácter vinculante. Ejercicio de una profesión liberal
Sentencia Nº 650 - Exp. Nº 10-0001. Fecha 23-5-12. Sala Constitucional.
Sentencia con carácter vinculante. Lapso al que tiene derecho el trabajador por efecto de la atigüedad
Sentencia Nº 687 - Exp. Nº 12-0088. Fecha 24-5-12. Sala Constitucional.
Cambio de divisas debe tomarse en cuenta para la fijación de las pensiones a ser pagadas en moneda extranjera
Sentencia Nº 694 - Exp. Nº 10-0214. Fecha 24-5-12. Sala Constitucional.
Acción penal contra un médico no puede estar supeditada al agotamiento del procedimiento disciplinario ante el Colegio Profesional respectivo
Sentencia Nº 716 - Exp. Nº 11-1459. Fecha 31-5-12. Sala Constitucional.
Diferencias entre abocar y avocar
Sentencia Nº 00497 - Exp. Nº 2011-0540. Fecha 9-5-12. Sala Político-Administrartiva.
Improcedente cautelar de suspensión de efectos del Decreto de adquisición forzosa - Desarrollo Urbanístico (Nueva Casarapa)
Sentencia Nº 156 - Exp. Nº 2012-C11-157. Fecha 17-5-12. Sala Casación Penal.
Interpretación del contenido de los artículos 357 y 335 del Código Orgánico Procesal Penal en lo atinente a la suspensión del debate por incomparecencia de testigos o expertos y la obligación del tribunal de asegurar el uso de la fuerza pública cuando corresponda
Sentencia Nº 6 - Exp. Nº 2009-00197. Fecha 23-5-12. Sala Plena - Juzgado de Sustanciación.
Requisitos concurrente para la solicitud del antejicio de mérito
Sentencia Nº 719 - Exp. Nº 12-0616. Fecha 1-6-12. Sala Constitucional.
Vigilancia policial externa y permanente en las instalaciones de internamiento para niños, niñas y adolescentes
Sentencia Nº 727 - Exp. Nº 04-2973. Fecha 5-6-12. Sala Constitucional.
Nulidad absoluta de varios artículos del Código de Policía del estado Sucre, así como la nulidad parcial de varios artículos de ese mismo Código - Imposición de medidas privativas de libertad
Sentencia Nº 746 - Exp. Nº 10-0624. Fecha 5-6-12. Sala Constitucional.
Colocación familiar (hermanos) - Sustanciación de expedientes
Sentencia Nº 789 - Exp. Nº 12-0457. Fecha 6-6-12. Sala Constitucional.
A los efectos de computar el lapso para la formalización del recurso de casación laboral, debe computarse el término de la distancia
Sentencia Nº 790 - Ex. Nº 12-0526. Fecha 6-6-12. Sala Constitucional.
Implantes de mama por una compañía tema de salud pública dada su problemática
Sentencia Nº 794 - Exp. Nº 12-0701. Fecha 15-6-12. Sala Constitucional.
Constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes Públicos
Sentencia Nº 795 - Exp. Nº 12-0700. Fecha 15-6-12. Sala Constitucional.
Constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal
Sentencia Nº 804 - Exp. Nº 12-0346. Fecha 18-6-12. Sala Constitucional.
Desaplicación del artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial a la jurisdicción especial militar
Sentencia Nº 814 - Exp. Nº 12-0437. Fecha 18-6-12. Sala Constitucional.
La etapa de ejecución de la sentencia definitivamente firme no es un estado del proceso, por lo resulta extemporáneo en tal situación plantear, incluso de oficio, la falta de competencia
Sentencia Nº 821 - Exp. Nº 12-0704. Fecha 18-6-12. Sala Constitucional.
Constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria de Competencias, Servicios y Otras Asignaciones
Sentencia Nº 823 - Exp. Nº 12-0703. Fecha 18-6-12. Sala Constitucional.
Constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses
Sentencia Nº 864 - Exp. Nº 11-1151. Fecha 21-6-12. Sala Constitucional.
Se revisa y anula decisión definitivamente firme dictada en el año 1966. Caso Fabricio Ojeda
Sentencia Nº 868 - Exp. Nº 00-1362. Fecha 26-6-12. Sala Constitucional.
Se declara la imprescritibilidad de la responsabilidad civil, penal y administrativa derivada del otorgamiento de permisos y construcción de viviendas en las cercanías del Lago de Valencia. (Desalojo, demolición, posterior remoción de escombros e indemnización "casa por casa") - Derecho a vivienda digna
Sentencia Nº 875 - Exp. Nº 11-0548. Fecha 26-06-12. Sala Constitucional.
Beneficios procesales y post procesales. Cuando el constituyente estableció la limitación para optar a los beneficios que puedan conllevar a la impunidad, en los casos de delitos de lesa humanidad, así como en los de violaciones de derechos humanos y crímenes de guerra, no distingió entre las dos categorías, entendiéndose entonces que esta excepción opera en ambos casos, tanto en el otorgamiento de beneficios procesales como en el de los beneficios post procesales
Sentencia Nº 879 - Exp. Nº 12-0255. Fecha 26-06-012. Sala Constitucional.
Sala Constitucional admite el recurso de nulidad por inconstitucionaliadad contra el tercer aparte del art. 185-A del Código Civil
Sentencia Nº 881 - Exp. Nº 10-0782. Fecha 26-06-12. Sala Constitucional.
Sobre la figura del ejido en Venezuela. Derecho de propiedad. Lo que comporta el derecho de propiedad del art. 115 de la Carta Magna. Asunción del criterio de la Sala Constitucional respecto de la flexibilidad o plasticidad actual del dominio. Lo que comporta la protección del derecho de propiedad según el art. 82 de la Constitución. La propiedad en áreas urbanas en el proceso de urbanización
Sentencia Nº 886 - Exp. Nº 12-0435. Fecha 27-06-12. Sala Constitucional.
Alcance del vicio de incongruencia por omisión como lesivo al derecho a la tutela judicial eficaz. Recurso de revisión.
Sentencia Nº 894 - Exp. Nº 12-0136. Fecha 27-06-12. Sala Constitucional.
La recusación o la inhibición de los miembros del tribunal arbitral debe ser previa al acto de juzgamiento
Sentencia Nº 00614 - Exp. Nº 2011-0894. Fecha 5-06-012. Sala Político-Administrativa.
Obligación de las entidades bancarias a dar respuesta oportuna al público en general con relación a cualquier petición o reclamo, como garantía del derecho a ser oído independientemente de los requisitos comúnmente exigidos por los bancos en sus contratos
Sentencia Nº 00710 - Exp. Nº 2011-1238. Fecha 19-06-2012. Sala Político-Administrativa.
Sujetos pasivos del aporte anual del 2% de sus ingresos brutos a quienes aplica el artículo 35 de la Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología de 2005
Sentencia Nº 00428 - Exp. Nº 11-434. Fecha 15-06-12. Casación Civil.
Sobre la "triple identidad de la cosa juzgada"
Sentencia Nº 967 - Exp. Nº 06-0823. Fecha 4-07-12. Sala Constitucional.
Esta Sala resuelve la la solicitud de interpretación del artículo 153 de la Carta Magna, en el sentido que las normas que se adopten en el marco de los acuerdos de integración son considerados parte integrante del ordenamiento legal y de aplicación directa y preferente a la legislación interna, mientras se encuentre vigente el tratado que les dio origen, en los términos expuestos en el presente fallo y bajo las condiciones que el propio convenio establezca en relación a su terminación
Sentencia Nº 973 - Exp. Nº 05-0986. Fecha 10-07-12. Sala Constitucional.
TSJ anula artículo 52, 94, 111 numeral 21, 144 y 145 de la Constitución del Estado Apure
Sentencia Nº 974 - Exp. Nº 05-0989. Fecha 10-07-12. Sala Constitucional.
Tribunal Supremo de Justicia anula los artículos 155 numerales 25 y 26, 194, 195 y 196 de la Constitución del Estado Amazonas
Sentencia Nº 979 - Exp. Nº 10-0492. Fecha 10-07-12. Sala Constitucional.
La Sala de Casación Civil incurrió en un excesivo rigor formal a la hora de casar la sentencia, al considerar la falla en la utilización de las comillas u otra forma de diferenciación del texto a la hora de citar los dichos de las partes, como una falta de técnica adecuada a la hora de estructurar la sentencia
Sentencia Nº 986 - Exp. Nº 10-0852. Fecha 10-07-12. Sala Constitucional.
Esta ajustada a derecho la desaplicación del artículo 615 de la LOPNA, en cuanto se refiere a la prescripción de la acción penal para el caso específico del delito de lesiones leves
Sentencia Nº 988 - Exp. Nº 11-0521. Fecha 10-07-12. Sala Constitucional.
Sobre los jueces de ejecución penal y sus atribuciones
Sentencia Nº 1006 - Exp. Nº 11-0785. Fecha 10-07-12. Sala Constitucional.
Sin lugar acción de amparo ejercida por la ex alumna del Instituto Militar de Tecnología de la Guardia Nacional. Voto salvado de la Magistrada Dra. Carmen Zuleta de Merchán en el que trata de la incorporación de las mujeres a la Fuerza Armada y, que si bien la naturaleza del ordenamiento militar justifica su escpecialidad, ello no autoriza a ninguna autoridad militar a desconocer los derechos y valores fundamentales consagrados en la Carta Magna y Tratados internacionales suscritos. (Derecho a la procreación)
Sentencia Nº 1031 - Exp. Nº 04-0142. Fecha 12-07-12. Sala Constitucional.
Se declara la nulidad absoluta de los artículos 12, 14, 18, 19, 26, 34, 41, 44, 45, 57, 58 y 64 del Código de Policía del Estado Cojedes y la nulidad parcial de los artículos 11, 21, 30, 42, 43, 48, 49, 60 y 65 del mismo Código
Sentencia Nº 1032 - Exp. Nº 03-2415. Fecha 12-07-12. Sala Constitucional.
Interpretación constitucionalizante respecto a la Ley de Comparecencia del Estado Zulia
Sentencia Nº 1042 - Exp. Nº 09-0467. Fecha 18-07-12. Sala Constitucional.
La notificación que debe constar en el expediente luego de la renuncia al poder, no es una exigencia instituida a favor de la parte que lo otorgó, sino a favor de los demás sujetos que integran la relación procesal. La función del Juez constitucional es mantener la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales. Se declara inexistente el presente proceso, relativo a la demanda de resolución de contrato de arrendamiento y desalojo, en resguardo del orden público por cuanto ha sido develada la errada utilización del proceso para materializar un desalojo de hecho, la suscripción de un contrato de arrendamiento y el cobro de unas sumas de dinero a través de sendas letras de cambio
Sentencia Nº 1074 - Exp. Nº 07-0407. Fecha 25-07-12. Sala Constitucional.
Se declara la nulidad por inconstitucional de los artículos 33, 34, del 37 al 54 ambos inclusive de la Ordenanza sobre Conservación y Riesgo Ambiental del Distrito Metropolitano de Caracas Nº 00102 del 6 de marzo de 2006
Sentencia Nº 00805 - Exp. Nº 2010-1202. Fecha 4-07-12. Sala Político-Administrava.
Acerca de la determinación sobre qué bienes debe recar una medida de embargo
Sentencia Nº 00853 - Exp. Nº 2012-0684. Fecha 11-07-12. Sala Político-Administrativa.
Ante actos o actuaciones que afecten en cualquier forma los derechos de los administrados y sus efectos jurídicos se encuentren previstos en el COT o en cualquier ley tributaria, la competencia para el conocimiento de la causa corresponderá a los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributarios
Sentencia Nº 0828 - Exp. Nº 11-1173. Fecha 23-07-12. Casación Social.
En razón de la solidaridad establecida por la ley entre el beneficiario del servicio y el contratista, a los efectos del cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales con sus trabajadores, se genera una especia de litis consorcio pasivo necesario
Sentencia Nº 1125 - Exp. Nº 12-0708. Fecha 2-08-12. Sala Constitucional.
En los casos de tramitación de los recursos de nulidad se exige de acompañar original o copia simple certificada del documento poder que acredite la representación que se atribuyen los abogados, por cuanto en este recurso al igual que en las solicitudes de revisión constituional no existe una contraparte que pueda impugnar los documentos que sean traidos a los autos en copia simple
Sentencia Nº 1126 - Exp. Nº 11-1033. Fecha 3-08-12. Sala Constitucional.
Caso de sobre venta de Boletos de pasajes (Overbooking). Los límites de responsabilidad proceden, en tanto y en cuanto la conducta generadora del daño sea de las establecidas en el artículo 100 de la Ley de Aeronaútica Civil. La Sala Constitucional se aparta de la tesis dualista sobre responsabilidad contractual y extracontractual y se acoge a la unidad civil de la culpa, teniendo como dato esencial, el daño, el cual puede ser indemnizado lo más completo posible, aplicando a la responsabilidad contractual prevista en el artículo 1185 en concordancia con el artículo 1196 de nuestro Código Civil, referida a la extracontractual, la responsabilidad y, se declara el mismo como doctrina vinculante para todos los Tribunales de la República
Sentencia Nº 1235 - Exp. Nº 10-0831. Fecha 14-08-12. Sala Constitucional.
Inquisición de paternidad. Nuevo criterio sobre la valoración de la conducta procesal de las partes y su consecuencia en caso de abuso de derecho
Sentencia Nº 1268 - Exp. Nº 11-0652. Fecha 14-08-12. Sala Constitucional.
Se establece con carácter vinculante: 1) que en los procedimientos especiales de violencia contra la mujer, la víctima del delito de violencia física puede presentar, conjuntamente con la denuncia o inmediatamente posterior, ante cualquier órgano receptor de la misma o ante el Ministerio Público, un examen médico expedido por profesionales de la salud que presten servicios en cualquier institución pública o, bien en el caso de que no sea posible, por médicos privados, el cual deberá ser avalado, previa solicitud emitida por el Ministerio Público, por un médico adscrito al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses; y 2) en los procedimiento especiales de violencia contra la mujer, la víctima -directa o indirecta- de los hechos punibles investigados en dichos procesos, puede, con prescindencia del Ministerio Público, presentar una acusación particular propia contra el imputado, cuando ese órgano fiscal no haya concluido la investigación dentro de los lapsos establecidos en la ley especial para hacerlo
Asimismo deja establecido que, en los procedimientos especiales de violencia, que el lapso de tres (3) días hábiles siguientes para interponer recurso de apelación establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es aplicable tanto para sentencias definitivas y autos dictados en ese procedimiento
Sentencia Nº 00997 - Exp. Nº 2011-0898. Fecha 14-08-12. Sala Político-Administratva.
Si bien es cierto que para calificar una conducta como reincidente en sede administrativa se requiere de la existencia previa de un acto administrativo definitivamente firme en el que se haya sancionado al mismo sujeto por la misma conducta; no es menos cierto que las operaciones detectadas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) como lo son la operación financiera de compra-venta de títulos entre el Presidente de la institución bancaria y el banco, que es de gran relevancia para el sistema financiero público o privado dado el carácter prohibitivo de ese tipo de operaciones, la Sala considere se configura en una “reiteración” en la conducta del infractor, entendida esta como la repetición de una conducta antes de haber sufrido sanción y que igualmente puede configurar una circunstancia agravante
Sentencia Nº RC000539 - Exp. Nº 12-249. Fecha 1-08-12. Sala Casación Civil.
Reposición mal decretada. Supuestos específicos bajo los cuales éste se configural.
La sola mención de que en un proceso existe un fraude, y más de tipo procesal, implica una revisión minuciosa de las razones que se invocan, de los soportes que se consignan y los actos que lo demuestran
Sentencia Nº 306 - Exp. Nº C12-53. Fecha 1-08-12. Sala Casación Penal.
A partir de la última notificación, es cuando comenzará a computarse el lapso para que se interpongan los recuros antes de agotarse la notificación de todas las partes en el proceso
Sentencia Nº 01095 - Exp. Nº 2012-0623. Fecha 26-09-12. Sala Político-Administratva.
La aplicación concordada de los artículos 15 de la Ley de Universidades y 75 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, hacen forzoso concluir que las universidades nacionales -por disposición expresa de Ley- gozan de los privilegios procesales establecidos a favor de la República, motivo por el cual, sus bienes no están sujetos a embargos
Senmtencia Nº RC000622 - Exp. Nº 11-737. Fecha 28-09-12. Sala Casación Civil.
Admisibilidad del recurso de casación. El recurso de casación anunciado contra las desiciones que resuelvan un recurso de nulidad propuesto contra un laudo arbitral, independientemente de que éste sea emanado de un tribunal arbitral de derecho o de un tribunal arbitral de equidad, es que el mismo es susceptible de revisión en casación. La Sala reitera la doctrina suya y de la Sala Constitucional al hacer incapié en que el fraude procesal al ser un conjunto de maquinaciones o engaños dirigidos a crear situaciones jurídicas mediante la apariencia procesal para obtener un efecto determinado, resulta absolutamente contrario al orden público, pues impide la correcta administración de justicia, por ello puede el sentenciador de oficio pronunciarse sobre su existencia y tiene el deber de hacerlo ante todo alegato que le sea formulado en el proceso que se este ventilando ante él o en un juicio autónomo de fraude
Sentencia Nº RH000623 - Exp. Nº 12.359. Fecha 28-09-12. Sala Casación Civil.
Las partes pueden impugnar el fallo que determina en definitiva sobre la estimación de la experticia mediante el recurso ordinario de apelación, el cual deberá oirse en doble efecto, y contra la decisión emanada de la alzada será admisible el recurso extraordinario de casación, por tratarse la experticia de un complemento de la sentencia definitiva
Sentencia Nº 356 - Exp. Nº C11-403. Fecha 20-09-12. Sala Casación Penal.
Las medidas de coerción personal establecidas en el COPP tienen una pretensión cautelar orientada a garantizar la presencia y sujeción de los presuntos autores o partícipes en un hecho punible, al juicio penal
Sentencia Nº 1342 - Exp. Nº 10-1295. Fecha 09-10-12. Sala Constitucional.
Sentencia que anula parcialmente la norma contenida en el artículo 845 del Código Civil, por cuanto establecía una diferenciación y calificaba una determinada catergoría de hijos del de sujus (sólo los habidos en matrimonio anteriores), a los efectos de protegerlos frente a la cónyuge en segunda o ulteriores nupcias
Sentencia Nº 1344 - Exp. Nº 12-0210. Fecha 10-10-12. Sala Constitucional.
La Sala reitera que las únicas vías mediante las cuales se puede dejar sin efecto la cosa juzgada que resulta de la sentenciua definitiva y firme, en aquellos procesos viciados por la violación del derecho a la defensa en virtud del defecto en la actuación del defensor ad litem, serían el amparo y la revisión constitucional y que, en relación con las violaciones producto de los dfectos en la citación, sólo las vías de la invalidación y la revisión constitucional permitirían dejar sin efecto la aparincia de cosa juzgada
En materia de amparo se hace necesario determinar el litis consorcio de los herederos, por cuanto se afectaría la situación jurídica no de uno de ellos, sino de todos ellos
Sentencia Nº 1454 - Exp. Nº 09-0987. Fecha 31-10-12. Sala Constitucional.
La regulación sobre la publicidad institucional o comercial contenida directamente en la Ley de Transporte Terrestre, es aquella aplicable a la infraestructura de transporte nacional, mientras que la que regula las vías urbanas es aquella contenida en las ordenanzas que se dicten en el marco de las normas técnicas establecidas por el Gobierno Nacional. Sin menoscabo de la función comunicacional que cumplen el sistema vial, las autopistas y carreteras nacionales; presentan, fuera de su fase urbana, condiciones de circulación que demandan mayor protección por parte del legislador y, de allí que resulte constitucional los límites que impone la norma atacada para la colocación de avisos, vallas y publicidad en general
Entre libertad económica o de empresa y dentro del orden de prelación de los derechos humanos que comprende la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como la vida, la integridad física, la sanidad, etc, hace que ceda en el caso de autos la libertad económica prevista en el artículo 112 de la Constitución, como una situación jurídica activa que faculta a todas las personas a ejercer el oficio, profesión, actividad económica y sus valores con los cuales entra en presunta conflictividad
A través de la figura del hecho notorio, han proliferado nuevos avisos publicitarios que podrían contravenir el artículo 92 de la Ley de Transporte Terrestre y lo decidido en el presente fallo como lo es, que los órganos del Poder Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal con competencia en materia de tránsito iniciar a la brevedad, la verificación de la legalidad de la infraestructura publicitaria colocada en vía pública, por lo que esta Sala ordena oficiar al Instituto de Transporte y Tránsito Terrestre para que éste a su vez, oficie a las Gobernaciones y Alcaldías, a los fines que inicien los procedimientos administrativos destinados a determinar la conformidad a derecho de las vallas y demás avisos colocados en la vía pública
Sentencia Nº 46 - Exp. Nº 2010-000235. Fecha 10-10-12. Sala Plena.
Esta Sala infiere de los términos de la petición presentada por la Fiscalía Militar, del conjunto de actuaciones realizadas con ocasión a la ejecución de las medidas judiciales precautelativas dirigidas a proteger y desalojar de la zona de seguridad del "Fuerte Murachi", que el asunto que se debate en este procedimiento judicial implica la resolución de un conflicto generado por la realización de actividades en una zona de seguridad en contravención al régimen jurídico que la regula, lo cual puede configurarse en conductas tipificadas como delitos en el ordenamiento jurídico militar, por consiguiente, la presente causa le corresponde a la jurisdicción militar
Sentencia Nº 1472 - Exp. Nº 12-075. Fecha 9-11-12. Sala Constitucional.
Diferencia entre custodia y convivencia familiar
Normalmente resulta beneficioso para el niño o niña puedan quedar bajo la custodia de la madre, sin que ello pueda traducirse en una limitación al desarrollo de las mujeres o, sea óbice a la convivencia familiar con el padre, así como que un buen régimen de convivencia familiar con el padre, no puede ser obstáculo de la referida custodia materna
La custodia compartida a que hace referencia el artículo 359, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es: i) excepcional, ii) convenida o de común acuerdo entre los padres y, iii) siempre que sea en el interés superior del niño
Sentencia Nº 1550 - Exp. Nº 11-0652. Fecha 27-11-12. Sala Constitucional.
Los motivos para que proceda la apelación de autos son distintos a los motivos de la procedencia de la apelación de sentencia señalados en el artículo 109 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y, serán aquellos contemplados en el Código Orgánico Procesal Penal aplicables supletoriamente al procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos de violencia contra la mujer conforme con el contenido del artículo 64 de la Ley Especial. El lapso para contestar el recurso de apelación será de tres (3) días hábiles siguientes, contados a partir del vencimiento del lapso para la interposición de la impugnación según lo establece el artículo 110 de la Ley Especial
Dado que las unidades de atención y tratamiento de hechos de violencia contra la mujer no han sido creadas por el Ejecutivo Nacional, los Jueces para sentenciar podrán, dentro de su libre albitrio y conforme a la sana crítica, considerar los informes emanados de cualquier organismo úblico o privado de salud, así como los informes y recomendaciones emanados de expertos de las organizaciones no gubernamentales, especializados en la atención de este tipo de hechos, los cuales podrán ser igualmente promovidos por el Ministerio Público, en caso de que interponga la respectiva acusación
La oportunidad para que la víctima interponga su acusación particular propia será dentro del lapso de diez (10) días calendarios consecutivos, contados a partir desde la oportunidad en que el respectivo Juzgado de Control, Audiencia y Medidas notifique a la víctima del enjuciamiento por parte del Ministerio Público de la conclusión de la investigación dentro del lapso extraordinario que le fue concedido
El procedimiento especial previsto en la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia supone actos de individualización del imputado dede etapas iniciales, en razón de la cual la víctima siempre podrá interponere la acusación particular propia una vez concluido el lapso extraordinario de diez (10) días previstos en el artículo 103 eiusdem. Se declara parcialmente con lugar la solicitud de aclaratoria interpuesta por el Ministerio Público del contenido de la decisión con carácter vinculante Nº 1268 del 14/08/12
Sentencia Nº 1551 - Exp. Nº 03-0437. Fecha 27-11-12. Sala Constitucional.
Sentencia que declara la inconstitucionalidad de la Constitución del Estado Cojedes promulgada el 29/11/2002 y la vigencia de la Constitución del Estado Cojedes promulgada el 19/11/1990
Sentencia Nº RC000697 - Exp. Nº 12-331. Fecha 06-11-12. Sala Casación Civil.
Interpretación del artículo 652 del Código de Procedimiento Civil
Sentencia Nº 407 - Exp. Nº C10-409. Fecha 2-11-12. Sala Casación Penal.
Esta Sala considera necesario ilustrar en torno a la causal de sobreseimiento contenida en el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, así: Esta causal permite que el Juez conozca de los elementos de la Teoría del Delito, y en tal sentido analizar la tipicidad. Mientras que cuando se indica que la actuación objeto no se realizó o no puede atribuírsele al imputado, es porque el asunto que motivó al proceso es inexistente o el imputado no es el responsable del mismo según el numeral 1 del artículo 318 eiusdem
Sentencia Nº 412 - Exp. Nº A12-297. Fecha 2-11-12. Sala Casación Penal.
En criterio de la Sala de Casación Penal, en la solicitud de avocamiento el peticionante debe cumplir con la carga procesal del acompañamiento, al menos de copias simples o certificadas, del acto u autos cuya impugnación pretende sea revisado
Sentencia Nº 424 - Exp. Nº CC12-259. Fecha 13-11-12. Sala Casación Penal.
El homicidio intencional en grado de frustración compete su conocimiento al Tribunal de Control en materia penal ordinaria según el artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tomándose en cuenta que la aplicación de este artículo no depende de la materialización del resultado jurídico pretendido, es decir, la muerte de la víctima, por cuanto éste no discrimina si el delito fue consumado o no
Sentencia Nº 1555 - Exp. Nº 03-1633. Fecha 4-12-12. Sala Constitucional.
El objeto fundamental de la Ley Penal del Ambiente es tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, estableciendo las sanciones penales correspondientes, así como las medidas precautelativas de restitución y reparación, pues los daños y agresiones ambientales no conocen fronteras, tanto así que la contaminación generada en un país a la larga afecta a los demás
El artículo 31 de la Ley Penal del Ambiente de 1992, se dictó a los fines de penalizar las actividades que puedan generar daño al ecosistema, siendo requisito indispensable para el debido control por parte de la administración, que las personas deban cumplir con las disposiciones administrativas que de conformidad con el Decreto 2.219 eran obligatorias para el momento en que ocurrieron los hechos que dieron origen a la causa penal seguida contra los hoy recurrentes, para los sujetos que realizaban la actividad que él reglamenta, esto es, solicitar las debidas autorizaciones y cumplir con las normas técnicas ante la autoridad competente para poder ejercerla
Sentencia Nº 1556 - Exp. Nº 00-1544. Fecha 4-12-12. Sala Constitucional.
Las condiciones de ingreso al sector bancario no se regulan como una sanción administrativa por su desempeño en el ejercicio de sus funciones, para lo cual, deben ser tramitados los correspondientes procedimientos, sino a condiciones de ingreso o inhabilidades para su designación, que en primer lugar, no son absolutas respecto a todos los cargos dentro de una institución bancaria y, en segundo lugar, se refieren a requisitos mínimos que atienden al control del órgano administrativo fiscalizador del sector bancario para aprobar su designación, como lo puede ser la mayoría de edad, o tener cierta condición financiera para el ejercicio de determinadas funciones dentro de la institución bancaria
Sentencia Nº 1566 - Exp. Nº 07-0781. Fecha 4-12-12. Sala Constitucional.
Si bien, la Ley Orgánica de Salud no contempla una definición expresa sobre el contenido de lo que debe entenderse por salud mental, resulta innegable su reconocimiento en el artículo 2, cuando dispone: “Se entiende por salud no sólo la ausencia de enfermedades sino el completo estado de bienestar físico, mental, social y ambiental”
Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley
Se aprecia que las publicaciones de unos Diarios no solo puede atentar contra los derechos de los familiares, así como de los consumidores, sino que ello, vulnera las disposiciones establecidas en los artículos 74 y 79 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al publicarse una serie de informaciones e imágenes (imágenes fotográficas a todo color de sucesos sangrientos) que atentan contra la integridad personal y la salud mental de los niños, sin que previamente se cumplan con las previsiones establecidas en la referida Ley
Sentencia Nº 1567 - Exp. Nº 05-2089. Fecha 4-12-12. Sala Constitucional.
Si bien en la República Bolivariana de Venezuela se asume que el ejercicio del ius punendi -y particularmente en el desarrollo de la actividad legislativa-, debe asegurar las garantías propias del Estado de Derecho, también se sostiene con igual grado de protección e incidencia, que el legislador penal -y los órganos vinculados con su implementación- debe alcanzar una protección suficiente a los derechos fundamentales y demás bienes constitucionales
El sistema constitucional vigente ni el derecho a desarrollar actividades lucrativas ni el derecho de propiedad, constituye una posición o bien jurídico aislado sobre el cual se habilitan posteriores restricciones legales, sino más bien forman parte de la concepción del derecho a la libertad el cual no es absoluto, pues se encuentra definido en sus objetivos por el propio Texto Fundamental, por lo que el Estado no puede incidir en la actividad de forma tal que desconozca el derecho, pero los particulares tampoco pueden ostentar una tutela constitucional fuera de los límites que la propia Constitución establece en proporción o relación a su situación jurídica
Al señalar el artículo 22 que la autoridad administrativa sancionatoria en materia cambiaria, sancionará con “multa del doble al equivalente en bolívares del monto de la operación” las personas jurídicas -ya que aclara que éstas actúan por medio de sus representantes legales- que “incurrieren en algunos de los ilícitos previstos en la presente Ley”, se impone una sanción por los mismos hechos tipificados en las diversas normas que integran la Ley contra los Ilícitos Cambiarios
Se declara la constitucionalidad del artículo 22 eiusdem, interpretado como se ha hecho en este fallo, es decir, como una norma que resulta aplicable a las personas jurídicas por las infracciones contenidas en los artículo 9 último aparte y 10 de la Ley contra los Ilícitos Cambiarios o de manera autónoma sobre otros ilícitos, sin que sea procedente la imposición de dos o más sanciones de la misma naturaleza y del mismo o de distinto orden jurídico; ni dos o más procedimientos administrativos sobre los mismos hechos
Sentencia Nº 1701 - Exp. Nº 12-1259. Fecha 6-12-12. Sala Constitucional.
La Sala interpreta, en los términos señalados en la motivación de esta decisión, el contenido del artículo 264 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el planteamiento del Magistrado de la Sala de Casación Civil, Carlos Oberto Vélez, de permanecer en el ejercicio del cargo hasta que la Asamblea Nacional designe un nuevo Magistrado que ocupe su vacante. En consecuencia, esta Sala Constitucional dictamina que el lapso contenido en la referida disposición constitucional es improrrogable y, por tanto, una vez fenecido el mismo, se produce la falta absoluta del cargo de Magistrado, la cual debe ser llenada de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia
La Sala Constitucional ejerciendo el control difuso de constitucional con carácter vinculante, desaplica el artículo 10 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de 2004, en relación al período de los magistrados designados para llenar las vacantes absolutas ocurridas antes de la culminación del período constitucional de doce (12) años


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