CAMBIO DE CRITERIO. La decisión que se emita en el procedimiento por admisión de los hechos está sujeta a apelación, conforme a la "apelación de autos’.
MÁXIMA.- La Sala de Casación Penal, acogiendo el criterio jurisprudencial de Sala la
Constitucional del Máximo Tribunal de la República, establece expresamente el cambio de criterio de esta Sala con relación al trámite
que debe dársele a dichos recursos ante las Cortes de Apelaciones, por lo que
el trámite que se le dará en lo sucesivo será el establecido en el Código
Orgánico Procesal Penal para las sentencias interlocutorias.
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