En los casos en los que tengamos prevista la práctica de la prueba de peritos de parte, es necesario cambiar impresiones con el perito designado con el fin de preparar su intervención en el acto del juicio oral, entrevista ineludible en el supuesto de que el perito carezca de experiencia procesal. Efectivamente, sería una verdadera imprudencia no mantener contacto alguno con nuestro perito en estos casos, puesto que, siempre respetando la veracidad del contenido de su informe y su obligación de ser imparcial y objetivo , existen diversas reglas, unas generales sobre la prueba pericial y otras particulares del caso objeto de pericia, que todo perito debe conocer y que deben clarificarse antes de su intervención. A continuación, vamos a destacar algunas de las reglas que debe conocer el perito en relación con su intervención en el juicio oral (basadas en el trabajo de Niccy Valera, Eficacia del Perito en el Juicio Oral) :