Principio de la Mínima Intervención. La modernidad del derecho penal, ha resquebrajado el principio de mínima intervención, la desesperación del Estado, por regular la conducta social, ha llevado a olvidarnos por completo de esta figura y a resbalar en la creación de tipos penales sin valorar el bien jurídico afectado. Hoy día, observamos como peligrosamente nuestros legisladores han tipificado como delitos, conductas que anteriormente eran sancionadas por otras ramas del derecho, como el derecho administrativo o el derecho civil, e incluso el tributario. Señala Francisco Muñóz Conde que “ el derecho penal empieza a considerarse como un instrumento de defensa de los valores fundamentales de la comunidad, que sólo debe emplearse contra ataques muy graves a esos valores y en una forma controlada y limitada por el imperio de la ley ”. El principio de intervención mínima, es más que una garantía, una limitación al poder punitivo del Estado, ius puniendi, evitando la inte