El Supremo reconoce que existió una actitud parcial por parte del magistrado que, al formular hasta 78 preguntas a los testigos de la defensa y los acusados, evidenció una inclinación hacia la tesis acusatoria.
El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia por considerar que el magistrado, presidente de la sala de la audiencia provincial que enjuició el caso, se excedió en su interrogatorio a los acusados y sus testigos. Se trataba de un proceso abierto contra un conductor, con antecedentes penales por conducción temeraria y bajo la influencia de bebidas alcohólicas, involucrado en un nuevo siniestro tras salirse de la calzada con un Ferrari. Para evitar verse inmerso en una nueva causa penal y para que la compañía de seguros afrontara la reparación del automóvil, avisó a un guardia civil conocido suyo, elaborando ambos un parte falso de siniestro en el que designaron como conductor al padre del acusado. La audiencia provincial les condenó finalmente por los delitos de falsedad y estafa intentada, contra la seguridad vial y encubrimiento. Pero, tras el fallo, la defensa recurrió ante el Supremo alegando vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías y reclamando su derecho